Propuesta de conformación del expediente personal para las instituciones adscritas al régimen del Servicio Civil
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2019
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Resumen
La Dirección General del Servicio Civil como ente rector del Régimen del Servicio Civil, emitió en el año 2005 una circular en la cual propone que la conformación del expediente personal debe realizarse en cuatro apartados. Sin embargo, en el año 2016, tomando en consideración el voto 0056-2015 del Tribunal Contencioso Administrativo, indica que el expediente personal debe conformarse en un solo tracto, con estricta ordenación cronológica y con foliatura única. A raíz de lo anterior se dio una serie de intercambios de conocimientos entre la Comisión de Jefes y Encargados de Archivos Públicos de Costa Rica y la Dirección General del Archivo Nacional de Costa Rica, con el fin de determinar cuál debía ser la correcta conformación del expediente personal, obteniendo como resultado la emisión de la circular 27-2016 del Archivo Nacional, en la cual se determinó en concordancia con el Servicio Civil, que el expediente personal se debía gestionar como expediente administrativo, siendo lo anterior un tema repetitivo y basado en la normativa citada. Por esta razón, se consideró necesario realizar un análisis de las funciones para determinar los procesos de la gestión del empleo público en el Servicio Civil que permitiera establecer, desde la perspectiva jurídica, administrativa y archivística cuál debe ser la correcta conformación del expediente personal emitiendo a partir de dicho análisis, una propuesta de conformación desde la apertura del expediente hasta el cierre incluyendo la disposición del mismo.
Descripción
Tesis (licenciatura en archivística)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Ciencias Sociales. Escuela de Historia, Sección de Archivística, 2019
Palabras clave
ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS, ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS - COSTA RICA, EXPEDIENTES, FUNCION PUBLICA - COSTA RICA