Análisis comparativo entre el Instituto del Divorcio Costarricense y el Instituto del Divorcio en las comunidades judías

dc.contributor.advisorAlpízar Matamoros, Vilmaes_CR
dc.contributor.authorLevy, Avi Maryles_CR
dc.date.accessioned2013-10-14T14:23:41Z
dc.date.accessioned2021-06-17T16:48:29Z
dc.date.available2013-10-14T14:23:41Z
dc.date.available2021-06-17T16:48:29Z
dc.date.issued2002es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2002.es_CR
dc.description.abstractEl matrimonio válido judío, es decir el matrimonio halájico, puede ser terminado sólo mediante dos vías, primeramente por la muerte de cualquiera de los dos cónyuges, o por la entrega del Get. En la Ley Judía es un principio fundamental que únicamente el marido puede entregar el Get. El punto central de esta regla es que de acuerdo a la Ley clásica Judía, el Get podría ser entregado en contra del deseo de la mujer, es decir contra a su voluntad y consentimiento, o bien podría ser entregado bajo su consentimiento pero, es irrelevante esta diferenciación. Este derecho absoluto del marido para otorgar el divorcio, posee ciertas limitaciones que analizaremos. El Talmud también nos marca ciertas limitaciones en cuanto a este derecho absoluto que posee el marido dentro del matrimonio para solicitar y entregar el divorcio a su mujer; dentro de estas encontramos una bien marcada diferencia de opiniones en relación al terreno del divorcio; por su parte la escuela de Shamai fue de la opinión que el divorcio judío sólo se podía realizar cuando la mujer hubiese cometido adulterio. Es así como aparenta ser que dentro de la Ley judía, el derecho absoluto del marido para el divorcio es casi ilimitado, excepto por los casos señalados anteriormente. En contraste al derecho del marido en cuanto al divorcio y de entregar el Get, encontraníos dentro de la Ley Judía, lo que podríamos citar como una ficción legal establecida dentro del Sistema Jurídico Judío, la cual es el derecho de la mujer a solicitar el divorcio; la mujer como hemos especificado en los párrafos precedentes, encuentra en la Ley dudía una limitación marcada a solicitar el divorcio. En la Legislación Judía, así como en la Costarricense se estipula que es causa de divorcio el mutuo consentimiento de ambos cónyuges. Tanto en la Legislación Costarricense como en la Judía, después de la terminación...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1355
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectMATRIMONIO - COSTA RICAes_CR
dc.subjectJUDAISMOes_CR
dc.subjectDIVORCIO - HISTORIAes_CR
dc.subjectJUDIOS - LEGISLACIONes_CR
dc.subjectMATRIMONIO - ISRAELes_CR
dc.titleAnálisis comparativo entre el Instituto del Divorcio Costarricense y el Instituto del Divorcio en las comunidades judíases_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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