Control previo de constitucionalidad en materia referendaria
dc.contributor.advisor | Fallas Redondo, David Alberto | es_CR |
dc.contributor.author | Rojas Castroverde, Erick Eduardo | es_CR |
dc.date.accessioned | 2019-10-09T14:03:38Z | |
dc.date.accessioned | 2021-06-17T15:01:40Z | |
dc.date.available | 2019-10-09T14:03:38Z | |
dc.date.available | 2021-06-17T15:01:40Z | |
dc.date.issued | 2019 | es_CR |
dc.description | Tesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Sede de Occidente. Facultad de Derecho, 2019 | es_CR |
dc.description.abstract | I. Justificación: En Costa Rica la interpretación de la norma constitucional dejó de ser desde mediados del siglo XX una tarea netamente política y se transformó en algo judicial, que con el pasar de los años desembocó en un sistema especializado de interpretación constitucional (año 1989, reforma del artículo 10 de la Constitución Política). Es en este contexto donde se desarrolla el inicio evolutivo del control de constitucionalidad (de legisladores a jueces especializados) y que alcanza su pináculo máximo con la puesta en la escena constitucional de la figura del referendum (año 2002, reforma del artículo 102 de la Constitución Política) que transformó el concepto básico de Democracia en Costa Rica. Con la figura del referendum vigente, es importante su estudio su dentro del marco constitucional y electoral para así identificar el dónde, el cuándo y el cómo del control previo de constitucionalidad en materia referendaria. Los casos denominados: el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (TLC), Ley de Maltrato Animal, ley de convivencia de personas del mismo sexo, Pulmón del Mundo, etc., son objeto de estudio por el fondo analítico e interpretativo que han supuesto de la norma constitucional y electoral. II. Hipótesis: Las competencias originales que la Constitución Política otorga al Tribunal Supremo de Elecciones, aunadas a la reforma constitucional que regula el referendum, facultan a ese órgano para que pueda realizar control previo de constitucionalidad en los proyectos que pretenden a someterse a democracia directa. III. Objetivo general: Analizar las competencias originales y derivadas que la Constitución Política otorga al Tribunal Supremo de Elecciones para así determinar el empoderamiento autónomo que tiene este para realizar el control previo de constitucionalidad sobre los proyectos que se promueven para someter... | es_CR |
dc.description.procedence | UCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derecho | es_CR |
dc.identifier.uri | https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/9123 | |
dc.language.iso | spa | es_CR |
dc.subject | COMPETENCIA (DERECHO) - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | Costa Rica. Tribunal Supremo de Elecciones | es_CR |
dc.subject | INTERPRETACION DEL DERECHO | es_CR |
dc.subject | LEYES - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | REFERENDUM - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | TRIBUNALES CONSTITUCIONALES - COSTA RICA | es_CR |
dc.title | Control previo de constitucionalidad en materia referendaria | es_CR |
dc.type | proyecto fin de carrera | es_CR |
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