Transfuguismo político en la Asamblea Legislativa de Costa Rica y la necesidad de su regulación jurídica

dc.contributor.advisorBrenes Villalobos, Luis Diego
dc.contributor.authorMesalles Ramírez, Francisco Javier
dc.contributor.authorSauter Odio, Sebastián
dc.date.accessioned2023-08-17T19:04:51Z
dc.date.available2023-08-17T19:04:51Z
dc.date.issued2022
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2022
dc.description.abstractEl transfuguismo político es un fenómeno que contradice el programa constitucional de Costa Rica, el cual se basa en la democracia representativa de partidos, amparada en el artículo 98, de la Carta Magna costarricense. En el ámbito legislativo, los diputados electos que renuncian a su partido violentan la voluntad popular expresada en las urnas y modifican la repartición de fuerzas en la Asamblea Legislativa, en detrimento de los derechos ciudadanos inherentes a una democracia representativa. El Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica han permitido el transfuguismo por decisión jurisprudencial; pues entienden que los representantes no están ligados por un mandato preciso recibido de sus electores, ni del partido que los agrupa, puesto que los verdaderos mandantes no son estos, sino la Nación, de acuerdo con el numeral 106 de la Constitución Política de Costa Rica. Con dicho criterio, se deja a la libre un fenómeno recurrente. Si bien está permitido que el diputado renuncie a su partido, sin por ello renunciar a su curul, no hay regulación a nivel de la Asamblea Legislativa al respecto de cómo proceder una vez efectuada la renuncia. Desde 1998, han existido 34 casos de transfuguismo en el Poder Legislativo costarricense. Al no haber una regulación, la Asamblea Legislativa trata a los diputados tránsfugas de conformidad con la costumbre parlamentaria de una determinada legislatura; es decir, según los permisos y acuerdos que el directorio legislativo le conceda al diputado tránsfuga. En otras palabras, el manejo de los diputados tránsfugas se reduce a la informalidad; por lo tanto, se deja a la deriva la seguridad jurídica de los ciudadanos. En consecuencia, el manejo de los recursos administrativos como diputado independiente y su participación en las distintas comisiones legislativas son decisiones sin respaldo jurídico, las cuales deberían ser reguladas por el propio...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derecho
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/19776
dc.language.isospa
dc.subjectCUERPOS LEGISLATIVOS - LEGISLACION - COSTA RICA
dc.subjectCosta Rica - Corte Suprema de Justicia
dc.subjectDEMOCRACIA
dc.subjectDERECHO CONSTITUCIONAL
dc.subjectGOBIERNO REPRESENTATIVO
dc.subjectPARTIDOS POLITICOS
dc.subjectPRACTICAS PARLAMENTARIAS - COSTA RICA
dc.subjectSUFRAGIO
dc.subjectCosta Rica - Tribunal Supremo de Elecciones
dc.titleTransfuguismo político en la Asamblea Legislativa de Costa Rica y la necesidad de su regulación jurídica
dc.typeproyecto fin de carrera

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