La discriminación por edad en el ámbito laboral costarricense

dc.contributor.advisorAmoretti Orozco, Héctor
dc.contributor.authorChaves Varela, Fiorellaes_CR
dc.contributor.authorJiménez Agüero, Silviaes_CR
dc.date.accessioned2013-10-14T14:24:56Z
dc.date.accessioned2021-06-17T15:00:12Z
dc.date.available2013-10-14T14:24:56Z
dc.date.available2021-06-17T15:00:12Z
dc.date.issued2008es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2008.es_CR
dc.description.abstractEl reconocimiento de la discriminación como problemática en el ámbito laboral ha sido abordado por la comunidad internacional, en instrumentos como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio No 111 de la Organización lnternacional del Trabajo (OIT), la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, el Convenio No 100 de la OIT, entre otros, creando un marco de tutela general enfocado hacia la protección de los derechos humanos que pueden ser violentados por prácticas discriminatorias. Este marco general se enriqueció con el surgimiento del Derecho Antidiscriminatorio, de origen estadounidense dando como resultado una legislación proteccionista, desarrollado también en Europa; enfatizado en la discriminación por razón de sexo. En Costa Rica el problema de discriminación en el sector laboral por motivo de edad se adopta en el sistema jurídico con la ratificación del Convenio No 111 de la OIT, las leyes número 2.694 sobre la prohibición de discriminación en el empleo y ocupación, 8.107 y 7.880; las dos últimas correspondientes a reformas al Código de Trabajo y la Constitución Política respectivamente. El término de discriminación vigente más completo y de mayor utilización, resultado del desarrollo normativo es el establecido por la OIT mediante el Convenio No 111 que cita: ...cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación; b) cualquier otra distinción, exclusión o preferencia que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo u ocupación que podrá ser especificada por el Miembro interesado previa consulta con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, cuando dichas organizaciones...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1473
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectIGUALDAD DE OPORTUNIDADESes_CR
dc.subjectEDAD Y EMPLEOes_CR
dc.subjectDERECHO DEL TRABAJO - COSTA RICAes_CR
dc.subjectDERECHO A LA NO DISCRIMINACIONes_CR
dc.subjectDISCRIMINACION EN EL TRABAJO - ASPECTOS LEGALESes_CR
dc.titleLa discriminación por edad en el ámbito laboral costarricensees_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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