Naturaleza jurídica del crédito sindicado

dc.contributor.advisorHerrera Muñoz, Roy de Jesús
dc.contributor.authorLeón Murillo, Adelaidaes_CR
dc.date.accessioned2013-10-14T14:24:28Z
dc.date.accessioned2021-06-17T14:58:39Z
dc.date.available2013-10-14T14:24:28Z
dc.date.available2021-06-17T14:58:39Z
dc.date.issued2007es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2007es_CR
dc.description.abstractLa presente investigación realiza un análisis exhaustivo del Crédito Sindicado, el cual es un contrato de crédito en el cual dos o más Bancos, entre ellos el Banco agente, se obligan a entregar un monto determinado o a poner a disposición del acreditado una suma hasta cierto límite por medio del Banco agente, el cual se encargará de ser el intermediario entre el deudor y la pluralidad de acreedores. Esta operación bancaria se caracteriza por su gran magnitud, que provoca que se requiera de la participación de varias instituciones crediticias para poder financiar la totalidad de un determinado proyecto. Además de esta forma, las entidades acreedoras participantes distribuyen el riesgo adquirido, al no concentrar todo el valor de sus recursos prestados en un solo deudor o grupo de interés económico. En la fase operativa de esta clase de contrato, existe una primera etapa precontractual que inicia con la designación, a escogencia del deudor, de un banco denominado Banco Jefe de Fila o Arranger bank, quien es el encargado de organizar la operación de crédito, preparar el term sheet o carta de intenciones e invitar a otros bancos a participar en el sindicato de acreedores como una forma de licitación privada. En esta fase previa, la relación obligacional existente se da entre el cliente solicitante y el jefe de fila mediante la figura de mediación o más específicamente una especie de corretaje privado sui generis. Posteriormente, una vez constituido el sindicato bancario, se nombra un banco que se encarga de organizar toda la ejecución del crédito, así como del funcionamiento del sindicado y que se le denomina Banco agente. El contrato de crédito sindicado fue tratado en la presente investigación de forma tripartita, de tal forma que se examina las tres relaciones obligaciones que existen entre los sujetos contratantes. El primer vínculo obligacional es el que existe en todo contrato de crédito: la obligación sinalagmática...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1429
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectCREDITOes_CR
dc.subjectPRESTAMOS BANCARIOSes_CR
dc.subjectDERECHO BANCARIO - LEGISLACIONes_CR
dc.subjectCONTRATO BANCARIOes_CR
dc.subjectEMPRESAS CONJUNTAS - CONTRATOS Y ESPECIFICACIONESes_CR
dc.titleNaturaleza jurídica del crédito sindicadoes_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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