La relevancia jurídica de los Convenios para evitar la doble imposición bajo un sistema de renta territorial: caso de Costa Rica

dc.contributor.advisorRodríguez Calderón, Ana Yesenia
dc.contributor.authorDíaz Polo, Danielaes_CR
dc.date.accessioned2016-08-26T18:09:49Z
dc.date.accessioned2021-06-17T16:15:41Z
dc.date.available2016-08-26T18:09:49Z
dc.date.available2021-06-17T16:15:41Z
dc.date.issued2014es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2014es_CR
dc.description.abstractLos Convenios para evitar la Doble Imposición, en adelante CDI o CDIs en plural, presuponen que los países que lo suscriben tienen el criterio de sujeción de renta mundial, es decir, que se somete a imposición las rentas independientemente donde éstas sean generadas. Pese a esto, el tener CDIs aún cuando Costa Rica es un país territorial, tomando en consideración, que sólo se gravan las rentas que son generadas en el territorio costarricense, es beneficioso como parte de la política de inversión. Para lograr los objetivos propuestos, se utilizó un método analítico, utilizando la investigación, recopilación y documentación pertinente. Asimismo, tomando en cuenta la naturaleza del proyecto se estudió la legislación vigente, la doctrina, la jurisprudencia relevante, y los Modelos de los CDIs. Conforme al análisis realizado a lo largo de la investigación se puede concluir que no existen obstáculos para que los países con un criterio de renta territorial suscriban CDIs, puesto que los beneficios que estos presentan son múltiples, tales como: prevenir la doble imposición jurídica y la evasión fiscal, facilita la inversión y el comercio extranjero, eliminan la incertidumbre del inversor extranjero sobre cuál será el gravamen de las rentas de fuente extranjera, además de ser un medio, por el cual, se fortalecen las relaciones diplomáticas entre los países y sirve para enviar un mensaje a los posibles inversores que es un Estado en formar parte de la comunidad internacional. De igual manera, Costa Rica, al tener un criterio de sujeción territorial, le favorece más el Modelo de la ONU, debido a que se protege el criterio de la fuente. La Administración Tributaria en ocasiones desconoce el artículo 6 inciso ch) de la LISR, haciendo interpretaciones extensivas del criterio de territorialidad, es por esto que se considera que si se quiere modificar la ley se haga con los mecanismos previstos para el cambio y no de acuerdo...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/2412
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectIMPUESTOS DOBLESes_CR
dc.subjectIMPUESTOS DOBLES - LEGISLACION INTERNACIONALes_CR
dc.subjectEXENCION DE IMPUESTOS - LEGISLACION INTERNACIONALes_CR
dc.subjectDERECHO FISCAL - COSTA RICAes_CR
dc.subjectEXENCION DE IMPUESTOS - PANAMAes_CR
dc.subjectIMPUESTOS DOBLES - PANAMAes_CR
dc.subjectEXENCION DE IMPUESTOS - COSTA RICAes_CR
dc.subjectIMPUESTOS DOBLES - COSTA RICAes_CR
dc.subjectIMPUESTOS SOBRE LA RENTA - COSTA RICAes_CR
dc.titleLa relevancia jurídica de los Convenios para evitar la doble imposición bajo un sistema de renta territorial: caso de Costa Ricaes_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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