Las medidas preventivas o cautelares adoptadas en Sede Administrativa: una visión desde la Contraloría General de la República en su función de superior vigilante de la Hacienda Pública

dc.contributor.advisorAlvarado Quesada, Marco Vinicio
dc.contributor.authorJordán Brenes, César Enriquees_CR
dc.date.accessioned2019-01-17T16:34:40Z
dc.date.accessioned2021-06-17T14:58:25Z
dc.date.available2019-01-17T16:34:40Z
dc.date.available2021-06-17T14:58:25Z
dc.date.issued2017es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2017es_CR
dc.description.abstractLa presente investigación, además de un ejercicio académico, constituye un verdadero aporte al estudio de las medidas cautelares en sede administrativa, el cual se expone desde óptica de la Contraloría General de la República, en virtud del importantísima deber que tiene el órgano contralor, en la correcta fiscalización superior de la hacienda pública. No obstante, para que el órgano contralor pueda alcanzar el efectivo y eficiente cumplimiento de las competencias asignadas constitucional y legalmente dentro del marco reglado y garantista del procedimiento administrativo, así como en materia de contratación administrativa y respecto a los estudios de fiscalización que lleva a cabo la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa (DFOE) de la Contraloría General de la República, dispone de la facultad para decretar las medidas cautelares que estime pertinentes para los casos en concreto que tenga bajo estudio, en razón de sus especiales competencias que procuran un buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas. El fundamento general del marco normativo del cual deriva la potestad discrecional a las Administraciones para adoptar las medidas cautelares, deriva en primer lugar de la Constitución Política (1949), artículos 9, 11, 27, 33 y 41 y de la Ley General de la Administración Pública, artículos 19 y 146. Por lo anterior, podemos afirmar que el marco normativo que habilita a la Contraloría General de la República para adoptar medidas cautelares, es númerus Clausus y dependerá de la investigación o gestión de fiscalización de que se trate, la utilización de alguna medida cautelar. No obstante, en este trabajo, propones algún marco normativo regulatorio y mejoras al existente, sin pretender limitar la figura cautelar a un mecanismo taxativo de probabilidades cautelares. En este orden de ideas, consideramos que resulta posible incluir en el régimen cautelar del Órgano Contralor las medidas...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/5548
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectCONTROL ADMINISTRATIVO - COSTA RICAes_CR
dc.subjectCOSTA RICA - ADMINISTRACION PUBLICA - LEGISLACIONes_CR
dc.subjectMEDIDAS CAUTELARES - LEGISLACION - COSTA RICAes_CR
dc.subjectMEDIDAS CAUTELARES - LEGISLACION INTERNACIONALes_CR
dc.subjectPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - LEGISLACION - COSTA RICAes_CR
dc.titleLas medidas preventivas o cautelares adoptadas en Sede Administrativa: una visión desde la Contraloría General de la República en su función de superior vigilante de la Hacienda Públicaes_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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