El reconocimiento y la ejecución en Costa Rica de los laudos arbitrales extranjeros que han sido anulados en el país sede del arbitraje
dc.contributor.advisor | León Guzmán, Marlen | |
dc.contributor.author | Rapso Henríquez, Mauricio | es_CR |
dc.date.accessioned | 2018-08-21T19:16:39Z | |
dc.date.accessioned | 2021-06-17T16:05:26Z | |
dc.date.available | 2018-08-21T19:16:39Z | |
dc.date.available | 2021-06-17T16:05:26Z | |
dc.date.issued | 2016 | es_CR |
dc.description | Tesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2016 | es_CR |
dc.description.abstract | Justificación. El arbitraje es el método de resolución de conflictos por excelencia en las relaciones comerciales internacionales. Parte del éxito de la figura, se debe a la eficacia que ha representado para los comerciantes el acudir a esta vía, por ser más expedita, especializada y flexible. Sin embargo, en la etapa de ejecución de un laudo arbitral, la autoridad judicial que interviene juega un papel básico en el alcance de los objetivos de las partes que se someten a un arbitraje. Según los principios que los tribunales ordinarios de un país determinado adopten sobre la materia, podrá definir si el arbitraje fue o no eficaz. Aquí es donde la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, órgano jurisdiccional encargado del reconocimiento y la ejecución de laudos en Costa Rica, podría jugar un papel importante para resolver un tema controvertido internacionalmente: ¿deben o no ejecutarse laudos que han sido anulados en el país sede del arbitraje? Si se adopta una posición correcta, Costa Rica podría mostrarse como un país amigable para realizar arbitrajes internacionales y promover así el desarrollo del comercio internacional y la economía del país. Hipótesis. Conforme a la Convención de Nueva York, la Ley Modelo CNUDMI y demás instrumentos normativos internacionales, existe la posibilidad de proceder con el reconocimiento y la ejecución en Costa Rica de laudos arbitrales extranjeros, los cuales han sido anulados, con base en el carácter facultativo de las causales para denegar el reconocimiento de un laudo internacional y por los principios de arbitraje comercial internacional vigente. La procedencia de una ejecución de este tipo debe analizarse caso por caso. Objetivo general Proponer una forma en la cual la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia podría resolver, en caso de que deba tramitar una solicitud de reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral extranjero, que ha sido anulado en el país... | es_CR |
dc.description.procedence | UCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derecho | es_CR |
dc.identifier.uri | https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/4886 | |
dc.language.iso | spa | es_CR |
dc.subject | ARBITRAJE | es_CR |
dc.subject | ARBITRAJE (DERECHO INTERNACIONAL) | es_CR |
dc.subject | ARBITRAJE - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | ARBITRAJE Y LAUDO - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | ARBITRAJE Y LAUDO - LEGISLACION INTERNACIONAL | es_CR |
dc.subject | DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO - COSTA RICA | es_CR |
dc.subject | NULIDAD (DERECHO) | es_CR |
dc.subject | COSTA RICA - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA PRIMERA | |
dc.title | El reconocimiento y la ejecución en Costa Rica de los laudos arbitrales extranjeros que han sido anulados en el país sede del arbitraje | es_CR |
dc.type | proyecto fin de carrera | es_CR |
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