Análisis jurídico-constitucional del manejo de aportes al régimen obligatorio de pensiones complementarias, por parte de las operadoras de planes de pensión en el marco de la Ley de protección al trabajador

dc.contributor.advisorUgalde Vargas, Danilo Eduardoes_CR
dc.contributor.authorÁlvarez Chavarría, Mariceles_CR
dc.contributor.authorCalderón Rodríguez, Patriciaes_CR
dc.date.accessioned2013-10-14T14:24:08Z
dc.date.accessioned2021-06-17T15:00:11Z
dc.date.available2013-10-14T14:24:08Z
dc.date.available2021-06-17T15:00:11Z
dc.date.issued2005es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2005.es_CR
dc.description.abstractCon la promulgación de La Ley de Protección al Trabajador, sin duda alguna surgió entre los sectores sociales de Costa Rica una controversia, pues la misma trae consigo a colación temas sensibles como el de la seguridad social y la armonía dentro del Ordenamiento Jurídico. Por un lado se tiene un artículo 73 de la Constitución Política que delegó en la Caja Costarricense de Seguro Social el manejo de los fondos de pensiones de los trabajadores y al tiempo la Ley de Protección al Trabajador, No 7983, que le establece a la CCSS, la única responsabilidad de ser recaudadora de los fondos Obligatorios de Pensión Complementaria, mediante el Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE), quienes en un lapso no mayor de 24 horas deberán trasladarlos a las cuentas de las Operadoras de Planes de Pensión Complementarias (OPC), situación que en criterio de las autoras, deviene en inconstitucional, pese a los votos emitidos por la Sala Constitucional en los que haciendo un estrecho análisis, concluye que tal Ley no es inconstitucional por cuanto los fondos provenientes del aporte para el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, son simples seguros y no los seguros sociales a los que se refiere la Constitución Política en el citado artículo. La Ley en cuestión se promueve como una alternativa para la crisis del Sistema Previsional costarricense, en el tanto el Régimen de Reparto, vigente hasta el año 2000, por diversas razones, entre ellas: el aumento en la expectativa de vida, la disminución en las tasas de natalidad, la sub-declaración en las planillas y la alta morosidad, donde paradójicamente el principal deudor el propio Estado; se convirtieron en una amenaza -aún hoy día- para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) al igual que otros sistemas paralelos de reparto, los llamados por la misma Ley como Regímenes Públicos Sustitutos, dejando así desprotegidos a miles de trabajadores y trabajadoras...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1401
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectPENSIONES DE JUBILACION - LEGISLACION - COSTA RICAes_CR
dc.subjectPLANES DE PENSIONESes_CR
dc.subjectFONDOS DE PENSIONESes_CR
dc.titleAnálisis jurídico-constitucional del manejo de aportes al régimen obligatorio de pensiones complementarias, por parte de las operadoras de planes de pensión en el marco de la Ley de protección al trabajadores_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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