Examinando por Autor "Rojas Salas, Manuel Antonio"
Mostrando 1 - 2 de 2
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Delito de trata de personas como fenómeno jurídico que atenta contra los derechos humanos y el abordaje de casos contenciosos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el período 2008-2021(2023) Barrantes Vargas, Nathalia; Rojas Salas, Manuel AntonioEl tráfico de seres humanos, como es concebido hoy en día, no siempre ha sido conocido con dicho término. El inicio de esta práctica es posible remontarlo desde la época de la conquista. Sin embargo, históricamente es viable visualizar dichas actuaciones bajo los términos de trata de blancas y tráfico de esclavos. Por otra parte, es posible observar que la migración, tampoco comprende un fenómeno reciente del ciclo de vida de la humanidad. Sin embargo, actualmente, debido a causas como el aumento en el uso de la tecnología y la comunicación e interdependencia entre diversos países, este fenómeno es mayormente notorio. Tomando en cuenta lo anterior, es posible determinar que durante la historia de la humanidad siempre ha existido la migración, tanto a nivel interna como internacional. Y a pesar de que muchas de las personas migran de manera voluntaria por mejores condiciones y calidad de vida, no en todos los casos ocurre así. La diferencia fundamental con las prácticas de esclavitud que se daban en el pasado, con la trata de personas como es conocida en la actualidad, radica en entender de manera esencial el momento histórico en el que se está viviendo. La globalización ha logrado a lo largo de las últimas décadas solucionar gran cantidad de retos, sin embargo también ha ocasionado que los problemas y delitos se conviertan en escala internacional o transnacional. Es por ello, que en las últimas dos décadas los esfuerzos, por lo menos a través de organismos internacionales como la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito de promulgar investigaciones y estadísticas enfocada en el tema ha sido mayormente palpable. La hipótesis del mismo comprende que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha reconocido la relación existente entre el delito de trata de personas y la vulneración de derechos humanos. Sin embargo, los limitados casos contenciosos tramitados en la Corte Interamericana de Derechos Humanos...Ítem Política criminal de peligro y lesividad(2006) Solís Loría, Eida; Rojas Salas, Manuel AntonioLa sociedad de la que formamos parte es denominada Sociedad de Riesgo, la cual se conceptualiza como aquel estadio de la modernidad en el que los peligros producidos en el curso del desarrollo de la sociedad industrial se hacen predominantes. Este modelo societario se caracteriza por los avances tecnológicos, los cuales brindan beneficios, pero a la vez traen aparejados nuevos riesgos. En esta época se le exige al Estado que brinde seguridad ante los riesgos propios de este tipo de sociedad. Para lo cual el Estado echa mano del Derecho, especialmente del Derecho Penal, pues por tener las sanciones más severas del ordenamiento jurídico, se espera que el individuo se abstenga de cometer acciones delictivas. No obstante, el Estado no puede establecer como delito cualquier conducta, sino que debe regirse por los límites que la Constitución Política le impone, dentro de los cuales se encuentran el principio de legalidad y el principio de lesividad. De tal modo la Política Criminal, entendida ésta como el conjunto de decisiones políticas relacionadas con la delincuencia, la criminalidad y su tratamiento; dentro de un Estado Constitucional de Derecho, debe establecerse dentro un marco de legalidad. La Política Criminal, en la mayoría de los casos, es resorte de la Asamblea Legislativa. El Derecho Penal actual tutela nuevos bienes jurídicos supraindividuales, lo que ha provocado cuestionamientos, pues se critica que se tiende a una disolución del bien jurídico, en virtud de que este tipo de bienes jurídicos son de contornos vagos e imprecisos. Para combatir la criminalidad que se produce en el modelo societario actual, se ha recurrido a la creación de tipos penales de peligro, especialmente los delitos de peligro abstracto; los cuales, para su configuración, no es necesario la lesión al bien jurídico, ni siquiera la puesta en peligro del bien jurídico. Es por ello que a esta técnica legislativa se le atribuye la característica de anudar...