Examinando por Autor "Alvarado Quesada, Marco Vinicio"
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Ítem El artículo 335 del Código Civil como límite a la libre disposición del propietario en la constitución de usufructo de bienes muebles inter-vivos(2015) García Jiménez, María Leticia; Alvarado Quesada, Marco VinicioJustificación: La presente investigación, pretende demostrar que el límite que al efecto impone el artículo 335 del Código Civil, es innecesario, pues en lo que a usufructo de bienes muebles mediante acto inter-vivos se refiere, la doctrina y la legislación comparada refieren que el usufructo puede recaer sobre cualquier tipo de bienes, por lo que el legislador restringe esta potestad, sin tomar en cuenta que actualmente este tipo de bienes pueden llegar a tener un valor mucho más elevado que el de un bien inmueble, lo cual evidencia un retraso en nuestra evolución legislativa. Objetivo General: Analizar el límite realizado por el legislador costarricense a la libre disposición del propietario en la constitución de usufructo de bienes muebles inter- vivos, impuesta en el artículo 335 del Código Civil. Metodología: La presente investigación, se realizará con una metodología documental, iniciando con el estudio de las actas de discusión de la Asamblea Legislativa en torno al artículo 335 del Código Civil, así como del proyecto de Ley del expediente 15029, para después compararlos con la doctrina nacional e internacional que se refiera al usufructo sobre bienes muebles por medio de acto inter-vivos, y así, tratar de llegar a conclusiones críticas concretas, sobre su pertinencia y eficacia en un ordenamiento jurídico. De igual forma, se ha de implementar la utilización del método histórico, pues se requiere conocer un poco más del nacimiento del límite impuesto y del nacimiento de la figura del derecho de usufructo a la vida jurídica; así como del método inductivo, en donde, a partir de las premisas que acá se han de abordar, se han de esgrimir una conclusión general de, si el límite impuesto en el artículo en estudio debe existir en nuestro ordenamiento, o si por el contrario, debe ser retirado del mismo. El método inductivo se realizará en sus correspondiente cuatro pasos, ediante la observación de los hechos...Ítem Las medidas preventivas o cautelares adoptadas en Sede Administrativa: una visión desde la Contraloría General de la República en su función de superior vigilante de la Hacienda Pública(2017) Jordán Brenes, César Enrique; Alvarado Quesada, Marco VinicioLa presente investigación, además de un ejercicio académico, constituye un verdadero aporte al estudio de las medidas cautelares en sede administrativa, el cual se expone desde óptica de la Contraloría General de la República, en virtud del importantísima deber que tiene el órgano contralor, en la correcta fiscalización superior de la hacienda pública. No obstante, para que el órgano contralor pueda alcanzar el efectivo y eficiente cumplimiento de las competencias asignadas constitucional y legalmente dentro del marco reglado y garantista del procedimiento administrativo, así como en materia de contratación administrativa y respecto a los estudios de fiscalización que lleva a cabo la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa (DFOE) de la Contraloría General de la República, dispone de la facultad para decretar las medidas cautelares que estime pertinentes para los casos en concreto que tenga bajo estudio, en razón de sus especiales competencias que procuran un buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas. El fundamento general del marco normativo del cual deriva la potestad discrecional a las Administraciones para adoptar las medidas cautelares, deriva en primer lugar de la Constitución Política (1949), artículos 9, 11, 27, 33 y 41 y de la Ley General de la Administración Pública, artículos 19 y 146. Por lo anterior, podemos afirmar que el marco normativo que habilita a la Contraloría General de la República para adoptar medidas cautelares, es númerus Clausus y dependerá de la investigación o gestión de fiscalización de que se trate, la utilización de alguna medida cautelar. No obstante, en este trabajo, propones algún marco normativo regulatorio y mejoras al existente, sin pretender limitar la figura cautelar a un mecanismo taxativo de probabilidades cautelares. En este orden de ideas, consideramos que resulta posible incluir en el régimen cautelar del Órgano Contralor las medidas...Ítem Régimen disciplinario de los educandos en la enseñanza general básica y diversificada en el derecho educativo costarricense(2002) Mata Mata, Alejandra; Alvarado Quesada, Marco VinicioEl trabajo de investigación pretende analizar el Régimen educativo disciplinario del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, en relación con la doctrina educativa, la legislación educativa nacional e internacional y la jurisprudencia constitucional dentro del contexto del Derecho Educativo costarricense. Este análisis valora las fuentes del Derecho Educativo costarricense reconociendo la concepción educativa en la que se originan y estableciendo las que se encuentran vigentes. Se realiza un estudio sobre el sistema educativo desde el punto de vista administrativo y político en razón de comprender la organización administrativa, las correspondientes competencias del Ministerio de Educación Pública y el Consejo Superior de Educación y los objetivos y propósitos de las políticas educativas del Estado. Se expone también la discrepancia que existe entre lo propuesto por los fines y los principios de la legislación educativa nacional e internacional. las políticas educativas y la doctrina educativa que se fundamentan en una educación integral y humanista y por otro lado la normativa educativa disciplinaria que es esencialmente represiva y al mismo tiempo reproduce la concepción conductista de la educación. Finalmente en el correspondiente análisis normativo se determina la vulneración de principios constitucionales y garantías procesales, debido a la flexibilidad y falta de rigurosidad con que éstos se aplican en el proceso educativo disciplinario.