2025-01-172025-01-172001https://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/23878En Costa Rica existe una tendencia al aumento de nacimientos fuera de matrimonio y de nacimientos inscritos sin el apellido del padre. De acuerdo a datos oficiales, la proporción de nacimientos de madres solteras pasó de un 38% en 1985 a un 49% en 1998 y los registros de nacimientos sin el apellido paterno aumentaron de un 20% a un 28% durante el mismo período (Budowski, M; Rosero, L.1999). En 1999, de un total de 78.526 nacimientos, un poco más de la mitad (51.5%) fueron hijos de padres que no estaban casados entre sí y una tercera parte solo llevaba los apellidos de la madre (Solano, 2000a). Estas cifras ponen de manifiesto un fenómeno propio de nuestro entorno familiar y social que actualmente es objeto de preocupación y controversia en distintos ámbitos políticos y académicos. Al respecto, los medios de comunicación reflejan la opinión de políticos y jerarcas de la Iglesia, quienes consideran que la inscripción de los niños/as sin el apellido del padre es un asunto de falta de responsabilidad por parte de ambos progenitores, o más bien, es culpa del padre del niño/a por no querer asumir responsablemente su paternidad (Solano, 2000b). Igualmente suele plantearse que la situación conyugal de la madre constituye un factor de riesgo para el desarrollo integral de la prole. Para quienes comparten este punto de vista, el padre no asume las obligaciones legales, económicas y afectivas propias de la paternidad, con lo cual perjudica directamente a la madre soltera que no puede reclamar una pensión alimenticia debido a su estado civil. Desde el punto de vista jurídico, todo/a ciudadano/a nacido/a en Costa Rica tiene que quedar inscrito en el Registro Civil. Este es un procedimiento que estipula la legislación costarricense para efectos jurídicos, legales y de derechos de cada individuo como ciudadano/a. De esta manera, en cada hospital de Costa Rica hay una oficina del Registro Civil, a cargo de un funcionario/a que se ocupa de realizar el trámite de inscripción de cada niño/a nacido vivo/a. Para ello, se utilizan mecanismos informativos- divulgativos con el fin de orientar a las madres sobre cómo realizar el debido proceso de inscripción de sus hijos/as. En el caso de las madres solteras o en unión libre, es decir, en toda declaración o reconocimiento de un hijo/a habido fuera de matrimonio, hasta que no fue emitida la nueva Ley de Paternidad Responsable, el padre debía presentarse en el hospital respectivo a firmar la declaración o de lo contrario no podría tramitarse ahí mismo el reconocimiento paterno. En estos casos, dependía de la voluntad de ambos progenitores y del desarrollo exitoso de las gestiones legales, el reconocimiento formal de la paternidad. Es decir, un factor primordial del fenómeno de la no inscripción de los nacimientos con el apellido del padre radica en los procedimientos legales que deben seguirse en el momento de registrar a un hijo/a.esPATERNIDAD RESPONSABLEINVESTIGACIONESINSCRIPCIONMADRES SOLTERASInscripción de los hijos e hijas de madres solteras y paternidad responsables. Estudio exploratorio realizado con mujeres atendidas en el Hospital de las Mujeres y el Hospital San Juan de DiosBook